jueves, 26 de abril de 2012

ACTA DE HACIENDA



Constituida la inspección para documentar los resultados de la actuación inspectora, en relación con el expresado obligado tributario, y presente don José Eugenio Morales Estrada, con número de identificación fiscal 940382673,como ., se hace constar:

1. La situación de la contabilidad y registros obligatorios a efectos fiscales del obligado tributario es la siguiente: la acreditación de exportación e importación de la nueva empresa “COMYES” (comercializadora mexicana Yesenia).

2. La fecha de inicio de las actuaciones fue el día 27 de abril del 2012 y en el cómputo del plazo de duración debe atenderse a las siguientes circunstancias: de en caso de problemas en los servicios de la empresa

3. De las actuaciones practicadas y demás antecedentes resulta que: la empresa es de nuevo inicio y se necesita de la aceptación  
Para la elaboración de la propuesta de regularización es necesario la elaboración de las actas de hacienda con la empresa “COMYES” lo que permite concluir un acuerdo con el obligado tributario en los términos previstos en el artículo 155 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En cuanto a la fundamentación de la elaboración del acta realizada, ha de señalarse que las actividades de la empresa se iniciaran a partir de que se encuentres todos los documentos en orden.

4. Los hechos consignados, a juicio de la Inspección, constituyen/no constituyen infracción tributaria, de acuerdo con lo dispuesto en

5. El Inspector Jefe ha autorizado la suscripción de este acta con acuerdo en fecha 27 de abril del 2012
En fecha 27 de abril del 2012 el obligado tributario constituyó 1,800 pesos de cuantía suficiente para garantizar el cobro de las cantidades que pudieran derivarse del acta, aportándose el correspondiente justificante que lo acredita  a Yesenia Cruz Aguilar

6. De acuerdo con lo dispuesto en los apartados anteriores, se formula la siguiente propuesta de regularización respecto de los conceptos que se indican:
Cuota: 1,800
Recargos 0.00
Intereses de demora: siete días
Deuda trib. a ingr./Devolución: 0.00
Sanción reducida 0.00
Total a ingresar/devolver 0.00

7. El obligado tributario manifiesta su conformidad con la totalidad del contenido del presente acta, extendiéndose, por tanto, dicha conformidad expresamente al fundamento de la aplicación/estimación/valoración/medición realizada y a los elementos de hecho fundamentos jurídicos y cuantificación de la propuesta de liquidación $1,800 pesos (mil ochocientos pesos) y de sanción contenidas en el acta.

8. Se entenderá producida y notificada la liquidación e impuesta y notificada la sanción en los términos de las propuestas formuladas si transcurridos 10 días contados desde el siguiente a la fecha de esta acta no se ha notificado al interesado acuerdo del Inspector Jefe rectificando los errores materiales que pudiera contener la misma.
Confirmadas las propuestas, el depósito realizado se aplicará al pago de dichas cantidades. Si se hubiera presentado aval o certificado de seguro de caución, el ingreso deberá realizarse en el plazo a que se refiere el apartado 2 del artículo 62 de la Ley General Tributaria, sin posibilidad de aplazar o fraccionar el pago.
La liquidación y la sanción derivadas del acuerdo sólo podrán ser objeto de impugnación o revisión en vía administrativa por el procedimiento de declaración de nulidad de pleno derecho previsto en el artículo 217 de la Ley General Tributaria, y sin perjuicio del recurso que pueda proceder en vía contencioso-administrativa por la existencia de vicios en el consentimiento.

9. En prueba de conformidad con la totalidad del contenido de este acta con acuerdo, que regulariza su situación tributaria, es firmada por el interesado en todos sus ejemplares, quedando uno de ellos en poder del mismo, junto, en su caso, con el talón de la cargo y la carta de pago que le permitan realizar el correspondiente ingreso.

Anexo II

Criterios e instrucciones para la cumplimentación del modelo

1. La Inspección de los Tributos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria utilizará el modelo A11 para extender las actas que procedan cuando la Administración tributaria concrete la aplicación de conceptos jurídicos indeterminados, resulte necesaria la apreciación de los hechos determinantes para la correcta aplicación de las normas al caso concreto o sea preciso realizar estimaciones, valoraciones o mediciones de datos, elementos o características relevantes para la obligación tributaria que no puedan cuantificarse de forma cierta, mediante un acuerdo con el obligado tributario en los términos previstos en el artículo 155 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

2. Cuando el resultado del acta con acuerdo sea a ingresar y no se haya constituido depósito, con el ejemplar duplicado del acta se hará entrega al interesado los documentos de ingreso precisos para efectuar el pago de la deuda tributaria y, en su caso, de la sanción.

3. En el espacio situado en el ángulo superior izquierdo del acta se hará constar, en primer lugar, la Dirección del Departamento, Delegación Especial o Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que corresponda, y en segundo lugar, el órgano actuante que corresponda.

4. La identidad de los actuarios que suscriban el acta constará en el espacio inferior de la cabecera del acta a efectos de identificación, recogiéndose los dos apellidos y el nombre, así como el número de Registro de Personal de cada uno.
En el campo denominado "Período" de dicha cabecera se indicará el o los años naturales que comprendan los períodos cuya regularización incorpora el acta con acuerdo.

5. En el apartado 1 del acta se hará constar la situación de los libros o registros obligatorios del interesado, sólo cuando el obligado tributario sea empresario o profesional, y exclusivamente respecto de los tributos en los que tenga incidencia.

6. En el apartado 2 del acta se indicará la fecha de inicio de las actuaciones y se hará constar, en su caso, los períodos de interrupción justificada y las dilaciones en el procedimiento por causas no imputables a la Administración tributaria, así como la procedencia, también en su caso, de ampliar el plazo general de duración de las actuaciones.

7. En el apartado 3 del acta se recogerán los presupuestos que fundamenten la aplicación, estimación, valoración o medición realizada, así como los elementos de hecho resultantes de las actuaciones inspectoras que tengan trascendencia para la regularización de la situación tributaria del interesado mediante acuerdo con el obligado tributario, y la fundamentación jurídica y cuantificación de la propuesta de regularización.
Cuando proceda formular distintas propuestas de liquidación en relación con una misma obligación tributaria como consecuencia de que el acuerdo no incluya todos los elementos de ésta, se señalará expresamente los elementos a los que se ha extendido la propuesta contenida en el acta con acuerdo, y que la liquidación derivada de la misma tendrá carácter provisional de acuerdo con lo dispuesto en la letra b) del apartado 4 del artículo 101 de la Ley General Tributaria.

8. En el apartado 4 del acta se reflejará la existencia o no, en opinión del actuario, de indicios de la comisión de infracciones tributarias.
En caso de apreciarse que existe infracción tributaria se consignaran los elementos de hecho, fundamentos jurídicos y cuantificación de la propuesta de sanción que en su caso proceda, a la que será de aplicación la reducción prevista en el apartado 1 del artículo 188 de la Ley General Tributaria, así como la renuncia a la tramitación separada del procedimiento sancionador.

9. En el apartado 5 del acta se consignará la fecha en la que el Inspector Jefe ha autorizado la suscripción del acta con acuerdo. Asimismo se hará constar si la garantía aportada consiste en depósito, aval de carácter solidario o seguro de caución, indicando la fecha de constitución y el número de referencia del justificante que lo acredita.

10. En el apartado 6 del acta se recogerá el detalle numérico de la propuesta de liquidación que resulte de la regularización de la situación tributaria del interesado por los conceptos a que el acta se refiere, con expresión de los incrementos o alteraciones de las bases, deducciones y cuotas tributarias. En el recuadro inferior del apartado se recogerán los importes que sintetizan la composición de la deuda tributaria resultante de la propuesta de liquidación, así como de la cuantificación de la propuesta de sanción.

11. En el espacio en blanco del apartado 7 se indicará el carácter provisional o definitivo de la liquidación cuya propuesta se incorpora al acta.

ACTA CONSTITUTIVA


ESCRITURA..55I6504556..............VOLUMEN.......8788766.........FOJAS........66767........EN LA CIUDAD DE ....TAPACHULA CHIAPAS............................, a ..17 D E ABRL DEL 2012....(día, mes, año) YO El Licenciado................jaime perez cruz..........Notario Público....4566797.............., HAGO CONSTAR: ELCONTRATO DE SOCIEDAD MERCANTIL, en forma en NOMBRE COLECTIVO, que otorgan los señores:....YESENIA CRUZ AGUILAR Y ALFRESO ESCAMILLA HERNANDEZ que se sujetan a los estatutos que se contienen en las siguientes: CLÁUSULAS DENOMINACION, OBJETO, DURACION, DOMICILIO, NACIONALIDAD Y CLAUSULA DE ADMISION DE EXTRANJEROS.

 -----PRIMERA.- La sociedad se denominará....COMYES......, nombre que irá seguido de las palabras “ SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO “, o de las siglas “ S.. de N.C. “ 

.-----SEGUNDA.- La sociedad tiene por objeto:-----a).- Armar y manufacturar......productos......-----b).- La distribución de ..nacionales e internacionales....-----c).- Ejecutar toda clase de actos de comercio, pudiendo comprar, vender, importar, exportar y distribuir toda clase de artículos y mercancías.-----d).- Contratar activa o pasivamente, toda clase de prestaciones de servicios, celebrar contratos, convenios, así como adquirir por cualquier título patentes, marcas industriales, nombres comerciales, opciones y preferencias, derechos de propiedad literaria, industrial, artística o concesiones de alguna autoridad.-----e).- Formar parte de otras sociedades con el objeto similar de éste.-----f).- Emitir, girar, endosar, aceptar, avalar y descontar y suscribir toda clase de títulos de crédito, sin que se ubiquen en los supuestos del Artículo cuarto de la Ley del Mercado de valores.-----g).- Adquirir acciones, participaciones, parte de interés social, obligaciones de toda clase de empresas o saciedades, formar parte en ellas y entrar en comandita, sin que se ubiquen en los supuestos del Artículo cuarto de la Ley del Mercado de Valores.-----h).- Aceptar o conferir toda clase de comisiones mercantiles y mandatos, obrando en su propio nombre o en nombre del comitente o mandante.-----y i).- Adquirir o por cualquier otro título poseer y explotar toda clase de bienes muebles, derechos reales, así como los inmuebles que sean necesarios para su objeto.-----j).- Contratar al personal necesario para el cumplimiento de los fines sociales y delegar en una o varias personas el cumplimiento de mandatos, comisiones, servicios y demás actividades propias de su objeto.-----k).- La sociedad podrá otorgar avales y obligarse solidariamente por cuenta propia, así como constituir garantía a favor de terceros.1 -----y l).- Realizar y emitir toda clase de actos, operaciones, convenios, contratos y títulos, ya sean civiles mercantiles o de crédito relacionados con el objeto social. 

 -----TERCERA.- La duración de la sociedad será de NOVENTA Y NUEVE AÑOS, contados a partir de la fecha de firma de esta escritura. 

-----CUARTA.- El domicilio de la sociedad será. 6 NORTE ENTRE 41 Y 43 PONIENTE...., sin embargo podrá establecer agencias o sucursales en cualquier parte de la República o del Extranjero, y someterse a los domicilios convencionales en los contratos que celebre. Los accionistas quedan sometidos en cuanto a sus relaciones con la sociedad, a la jurisdicción de los tribunales y Autoridades del domicilio de la sociedad, con renuncia expresa del fuero de sus respectivos domicilios personales.

 -----QUINTA.- Los socios extranjeros actuales o futuros de la sociedad que se constituyese obligan formalmente con la Secretaria de Relaciones Exteriores, a considerarse como nacionales, respectos de las partes sociales que adquieran o de que sean titulares en esta sociedad, así como de los bienes, derechos, concesiones, participaciones o intereses de quesea titular la sociedad o bien de los derechos y obligaciones que deriven de los contratos en que ésta sea parte con autoridades mexicanas y a no invocar, por lo mismo la protección de sus Gobiernos, bajo la pena en caso contrario de perder en beneficio de la Nación las participaciones sociales que hubieren adquirido. CAPITAL SOCIAL, ACCIONES

 -----SEXTA.- Su capital es variable, el mínimo fijo es de .........3400 ........PESOS MONEDA NACIONAL, representado por CIEN ACCIONES, con valor nominal de. PESOS MONEDA NACIONAL, cada una. 

 -----SEPTIMA.- Cuando en esta sociedad participe la inversión extranjera se observarán las reglas siguientes :El capital social, estará integrado por acciones de la serie “A”, que sólo podrán ser suscritas por:-----a) Personas físicas de nacionalidad mexicana. b).- Inmigrados que no se encuentrenvinculados con centros de decisión económica del exterior, y c).-Personas morales mexicanas en las que participe total o mayoritariamente el capital mexicano, El porcentaje qué deba ser suscrito por mexicanos se determinará de acuerdo con la clasificaciónmexicana de actividades y productos que señala el Reglamento de la Ley para promover laInversión Mexicana y Regular la Inversión Extranjera. El porcentaje restante estaráintegrado por acciones de la serie “ B ” y será de suscripción libre. En todo caso y en cualquier circunstancia deberá respetarse el porcentaje de capital mínimo mexicano, en términos netos, y en caso de que la participación de la inversión extranjera en el capital social pretenda exceder el porcentaje fijado deberá cumplir con lo que establece el artículo quinto del Reglamento antes citado o solicitar autorización de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras. 

 -----OCTAVA.- El capital social fijo será susceptible de aumentarse o disminuirse con las siguientes formalidades: En caso de aumento se requerirá de Asamblea General extraordinaria de Accionistas y éstos tendrán derecho preferente para suscribirlo en proporción al número de acciones de que sea titulares. Tal derecho de preferencia deberá ejercitarse dentro de los quince días siguientes a la fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación o en uno de los periódicos de mayor circulación del domicilio social, del acuerdo de la Asamblea que haya decretado dicho aumento, pero si en la asamblea estuviera representada la totalidad del capital social, podrá hacerse el aumento en ese momento. En caso de disminución se requerirá la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas y no podrá ser inferior al autorizado por la Ley General de Sociedades Mercantiles; ladisminución se efectuará por sorteo de las acciones o por retiro de aportaciones. El socio que desee separarse deberá notificarlo a la sociedad y no surtirá efectos tal petición sino hasta el fin del ejercicio anual en curso, si la notificación se hace antes del último trimestre o hasta el fin del siguiente ejercicio si se hiciere después. Al efecto se cumplirá con lo que establece el artículo noveno de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

-----NOVENA.- El capital máximo es ilimitado, no obstante la sociedad podrá establecer su capital fijo y su capital variable en las cantidades que la asamblea acuerde en cada caso. Las acciones representativas de la parte variable del capital social podrán ser emitidas por acuerdo de la Asamblea Ordinaria de Accionistas y podrán emitirse como resultado deportaciones en efectivo, en especie, con motivo de capitalización de primas sobreacciones, con capitalización de utilidades retenidas o de reservas de valuación yreevaluación o de otras aportaciones previas de los accionistas, sin que ello implique modificación de los Estatutos de la Sociedad, mediante los mismos requisitos podrá disminuirse el capital de la sociedad dentro de la parte variable. Las acciones en su caso emitidas y no suscritas a tiempo de aumentar el capital, serán guardadas en la caja de la sociedad para entregarse a medida que vaya realizándose la suscripción.

-----DECIMA.- La sociedad llevará un registro de acciones nominativas con los datos que establece el artículo ciento veintiocho de la Ley General de Sociedades Mercantiles, y se considerará accionista al que aparezca como tal en dicho registro. A petición de cualquier accionista, la sociedad deberá inscribir en el libro de registro las transmisiones que se efectúen.Cada acción representa un voto, confiere iguales derechos y es indivisible, por lo que cuando pertenezca a dos o más personas deberán designar un representante común. Los certificados provisionales o de títulos definitivos que representen las acciones, deberán llenar todos los requisitos establecidos en el artículo ciento veinticinco de la Ley General deSociedades Mercantiles, podrán amparar una o más acciones y serán firmados por dos miembros del Consejo de Administración o por el Administrador.